La regulación de la apertura de locales de propaganda se regirá conforme a los artículos aplicables del Código Electoral.
16 L.P.R.A. § 974l, under Ley Habilitadora del Referéndum de Enmienda Constitucional sobre la Fianza.
16 L.P.R.A. § 974l
La regulación de la apertura de locales de propaganda se regirá conforme a los artículos aplicables del Código Electoral.