No más tarde de veinte (20) días a partir de la aprobación de esta ley, la Oficina del Contralor Electoral diseñará y adoptará aquellos reglamentos, documentos y formularios que sean necesarios para implementar las disposiciones de este subcapítulo.
16 L.P.R.A. § 983a, under Ley para la Descolonización Inmediata de Puerto Rico.
16 L.P.R.A. § 983a
No más tarde de veinte (20) días a partir de la aprobación de esta ley, la Oficina del Contralor Electoral diseñará y adoptará aquellos reglamentos, documentos y formularios que sean necesarios para implementar las disposiciones de este subcapítulo.