Escuelas libres de música de Humacao, Caguas y Arecibo—Personal

18 L.P.R.A. § 1003, under Escuelas Libres de Música.

18 L.P.R.A. § 1003

El personal de las escuelas libres de música creadas por las secs. 1002 a 1005 de este título se compondrá de un Director para cada una de las escuelas libres de música y de aquellos miembros de la facultad y empleados que el Secretario de Educación estime necesarios para el funcionamiento de las mismas.