Informes

18 L.P.R.A. § 1084, under Sistema de Servicios Bibliotecarios Inclusivos de Asistencia Tecnológica.

18 L.P.R.A. § 1084

La Universidad de Puerto Rico, universidades privadas, instituciones de educación superior y los municipios deberán presentar informes anuales sobre la cantidad de servicios, equipos en uso y cualquier otra información de relevancia, a la Biblioteca Nacional de Puerto Rico y remitirá copia al Programa de Asistencia Tecnológica de Puerto Rico, al Consejo de Educación y la Asamblea Legislativa de Puerto Rico.