(a) El Rector será el principal ejecutivo del Conservatorio, lo representará en todos los actos y en los contratos que fuere necesario otorgar, y desempeñará los deberes y tendrá las responsabilidades, facultades y autoridad que a continuación se desglosan sin que se entienda como una limitación:(a) Hacer cumplir los objetivos, normas, reglamentos y planes presupuestarios y de desarrollo del Conservatorio.(b) Representar oficialmente al Conservatorio.(c) Formular un Plan de Desarrollo para el Conservatorio para la consideración de la Junta.(d) Someter a la Junta los reglamentos de aplicación general y todos aquellos asuntos que requieran su aprobación.(e) Formular el proyecto de presupuesto anual y someterlo a la Junta para su consideración y aprobación, y una vez aprobado el mismo, someterlo a los organismos gubernamentales correspondientes.(f) Someter a la Junta, para su consideración, los nombramientos de los decanos y de cualquier otro funcionario que requiera confirmación.(g) Nombrar y contratar personal docente y clasificado del Conservatorio.(h) Orientar y supervisar el personal del Conservatorio y las funciones docentes, técnicas de investigación y administrativas.(i) Nombrar conferenciantes visitantes y cualquier otra clase de personal visitante.(j) Establecer y mantener relaciones con instituciones de educación superior y centros de cultura de Puerto Rico y el exterior.
(a) Hacer cumplir los objetivos, normas, reglamentos y planes presupuestarios y de desarrollo del Conservatorio.
(b) Representar oficialmente al Conservatorio.
(c) Formular un Plan de Desarrollo para el Conservatorio para la consideración de la Junta.
(d) Someter a la Junta los reglamentos de aplicación general y todos aquellos asuntos que requieran su aprobación.
(e) Formular el proyecto de presupuesto anual y someterlo a la Junta para su consideración y aprobación, y una vez aprobado el mismo, someterlo a los organismos gubernamentales correspondientes.
(f) Someter a la Junta, para su consideración, los nombramientos de los decanos y de cualquier otro funcionario que requiera confirmación.
(g) Nombrar y contratar personal docente y clasificado del Conservatorio.
(h) Orientar y supervisar el personal del Conservatorio y las funciones docentes, técnicas de investigación y administrativas.
(i) Nombrar conferenciantes visitantes y cualquier otra clase de personal visitante.
(j) Establecer y mantener relaciones con instituciones de educación superior y centros de cultura de Puerto Rico y el exterior.