La Corporación estará excluida de las disposiciones de las secs. 9601 et seq. del Título 3, conocidas como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”; así como también de las disposiciones de las secs. 283 a 283p del Título 3, conocidas como “Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico”; de las secs. 9831 et seq. del Título 3, conocidas como “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”, y de todos los reglamentos promulgados en virtud de dichas leyes.
No obstante, la Corporación promulgará un reglamento general para implantar las disposiciones de este capítulo, así como un Reglamento de Personal y un Reglamento de Compras. Dichos reglamentos deberán ser aprobados de conformidad con las secs. 9601 et seq. del Título 3, conocidas como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, y procurarán velar por la sana administración pública, así como por el mejor uso de los recursos para la eficiencia en esta dependencia pública.