Fondo Especial de la División de Teatro del Instituto de Cultura Puertorriqueña—Garantía de participación

18 L.P.R.A. § 1199e, under Cultura Puertorriqueña.

18 L.P.R.A. § 1199e

Será deber de la División de Teatro garantizar que se le dé participación y acceso a los dineros del Fondo Especial a aquellos productores que cumplan con los requisitos establecidos en la sec. 1199c de este título.