Lista de guías, parámetros y especificaciones

18 L.P.R.A. § 126g, under Edificios, Bienes y Fondos Escolares.

18 L.P.R.A. § 126g

El Gobierno de Puerto Rico, por medio de la Junta Reguladora de Especificaciones de la Administración de Servicios Generales y contando con el consejo y consentimiento de un Comité compuesto por un (1) representante de la Autoridad, uno (1) del Departamento, y dos (2) que velen por el interés público, designados por el Gobernador de Puerto Rico, establecerán una lista con las guías, parámetros y especificaciones que deben de tener los productos de uso, limpieza y mantenimiento sensibles a la salud pública y al medio ambiente para las escuelas, la cual será revisada cada dos (2) años.

(a) Esta lista deberá incluir guías, parámetros y especificaciones que:(a) Cumplan con los propósitos de las secs. 126b a 126j de este título.(b) De ninguna forma favorezcan una marca o un producto sobre otro.(c) Enumerar cuando podrán adquirir productos fuera de las guías, parámetros y especificaciones de la lista, y el procedimiento.

(a) Cumplan con los propósitos de las secs. 126b a 126j de este título.

(b) De ninguna forma favorezcan una marca o un producto sobre otro.

(c) Enumerar cuando podrán adquirir productos fuera de las guías, parámetros y especificaciones de la lista, y el procedimiento.

La Administración tendrá la responsabilidad de publicar la lista, en un periódico de circulación general en Puerto Rico, dentro de los noventa (90) días posteriores a la constitución del panel y la adquisición de productos de uso, limpieza y mantenimiento sensibles a la salud pública y al medio ambiente comenzará en el semestre escolar posterior a su publicación.

La Administración y el Departamento deberán mantener la lista accesible a través de sus portales cibernéticos.