Informe anual

18 L.P.R.A. § 1359, under Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos.

18 L.P.R.A. § 1359

Las agencias a las cuales este capítulo impone responsabilidades deberán rendir un informe anual integrado a la Legislatura y al Gobernador sobre el estado de situación, progreso, proyecciones y logros relacionados con el proceso de implantación de este capítulo. El Secretario Auxiliar coordinará la preparación del informe anual integrado.