Bajas o estudios incompletos

18 L.P.R.A. § 1365, under Relaciones Contractuales entre Estudiantes Militares Post Secundarios e Instituciones Superiores.

18 L.P.R.A. § 1365

La institución deberá indicar en la transcripción oficial de créditos del estudiante activado que el motivo de su baja o clasificación de estudios incompletos durante el semestre en curso fue debido a la orden de activación.