Matrícula

18 L.P.R.A. § 1721, under Escuelas Cooperativas.

18 L.P.R.A. § 1721

Podrá ser socio de una cooperativa juvenil, todo joven menor de veintinueve (29) años de edad, matriculado en una escuela, institución universitaria o residente en la comunidad donde se organice una cooperativa juvenil y que cumpla con los requisitos de admisión establecidos en sus cláusulas de incorporación y reglamento interno.