Registros

18 L.P.R.A. § 1727, under Escuelas Cooperativas.

18 L.P.R.A. § 1727

(a) La cooperativa llevará y mantendrá un registro o lista de socios que contendrá la siguiente información:(a) Nombre, dirección y ocupación del socio.(b) Cantidad de acciones que posee cada socio con la numeración correspondiente y la suma pagada por éstas.(c) La fecha de ingreso a la cooperativa.(d) La fecha en que deje de ser socio y la razón para ello.

(a) Nombre, dirección y ocupación del socio.

(b) Cantidad de acciones que posee cada socio con la numeración correspondiente y la suma pagada por éstas.

(c) La fecha de ingreso a la cooperativa.

(d) La fecha en que deje de ser socio y la razón para ello.