Causas para la separación

18 L.P.R.A. § 1753, under Escuelas Cooperativas.

18 L.P.R.A. § 1753

(a) Todo miembro de la Junta de Directores, Comité de Supervisión u otro comité podrá ser separado de cargo por las siguientes causas:(a) Incurra en actos constitutivos para la separación del socio.(b) Violaciones a este capítulo o al reglamento.(c) Violaciones al reglamento escolar en contradición con los objetivos de la cooperativa.

(a) Incurra en actos constitutivos para la separación del socio.

(b) Violaciones a este capítulo o al reglamento.

(c) Violaciones al reglamento escolar en contradición con los objetivos de la cooperativa.