Las cláusulas de incorporación señalarán el capital inicial de la cooperativa y la suma mínima que un socio deberá aportar o acciones que suscribirá.
18 L.P.R.A. § 1772, under Escuelas Cooperativas.
18 L.P.R.A. § 1772
Las cláusulas de incorporación señalarán el capital inicial de la cooperativa y la suma mínima que un socio deberá aportar o acciones que suscribirá.