Título

18 L.P.R.A. § 2321, under Ley para las Iglesias—Escuelas.

18 L.P.R.A. § 2321

Este capítulo se conocerá como “Ley para las Iglesias-Escuela”, la cual establecerá los parámetros jurídico-legales para la existencia y operación de las iglesias-escuela en Puerto Rico.