Facultad—Preparación

18 L.P.R.A. § 2340, under Ley para las Iglesias—Escuelas.

18 L.P.R.A. § 2340

Las iglesias-escuela, conforme a sus criterios, deberán tener entre su facultad maestros con el mayor grado de preparación académica y cumplir con los criterios religiosos o espirituales que determine cada institución de acuerdo a sus creencias.