Este capítulo tiene el propósito de ejecutar y dar cumplimiento al Plan de Reorganización del Consejo de Educación de 2018 (en adelante Plan) adoptado al amparo de las secs. 8841 et seq. del Título 3, el cual creó la Junta de Instituciones Postsecundarias adscrita al Departamento de Estado y le transfirió facultades y poderes previamente atendidas por el Consejo de Educación de Puerto Rico. La implementación del Plan cumple con los principios generales y propósitos de las secs. 8841 et seq. del Título 3 y así la Asamblea Legislativa lo expresa en este proyecto de ley. Además de las que aquí se disponen expresamente, el Secretario de Estado tendrá todas las facultades y poderes necesarios para la implementación del Plan y de las disposiciones aquí contenidas. La implementación del Plan de Reorganización deberá cumplir con las directrices y los principios generales establecidos en las secs. 8841 et seq. del Título 3.
Con este capítulo se promoverá una estructura gubernamental que responda a las necesidades reales y contribuya a una mejor calidad de vida para nuestros ciudadanos. Igualmente, redundará en la optimización del nivel de efectividad y eficiencia de la gestión gubernamental; la agilización de los procesos de prestación de servicios; la reducción del gasto público; la asignación estratégica de los recursos; una mayor accesibilidad de los servicios públicos a los ciudadanos; y la simplificación de los reglamentos que regulan la actividad privada, sin menoscabo del interés público.