(1) Cuando se trate de una institución de educación básica con modalidad acelerada, además de los requisitos aplicables a toda institución de educación básica, ésta deberá certificar, además:(1) Que sirve únicamente a estudiantes mayores de dieciséis (16) años;(2) que se encuentra acreditada;(3) que no menos del ochenta por ciento (80%) de las horas crédito se completan de forma presencial, y(4) cuál será la metodología educativa utilizada para cumplir con el restante veinte por ciento (20%) de las horas crédito.La cantidad de horas crédito necesarias para que un estudiante complete un grado bajo esta modalidad se regirá por las cartas circulares o reglamentos que a estos efectos emita el Departamento de Educación para el Sistema de Educación Pública.
(1) Que sirve únicamente a estudiantes mayores de dieciséis (16) años;
(2) que se encuentra acreditada;
(3) que no menos del ochenta por ciento (80%) de las horas crédito se completan de forma presencial, y
(4) cuál será la metodología educativa utilizada para cumplir con el restante veinte por ciento (20%) de las horas crédito.
La cantidad de horas crédito necesarias para que un estudiante complete un grado bajo esta modalidad se regirá por las cartas circulares o reglamentos que a estos efectos emita el Departamento de Educación para el Sistema de Educación Pública.