Transferencia de recursos e instalaciones

18 L.P.R.A. § 2371, under Ley de Registro y Licenciamiento de Instituciones de Educación.

18 L.P.R.A. § 2371

Se transfieren al Departamento de Estado para ser utilizados por la Junta todos los recursos e instalaciones, incluyendo récords, equipos, materiales, documentos, propiedades muebles e inmuebles, fondos y asignaciones correspondientes al Consejo de Educación creado por el Plan 1-2010. De igual forma, se transfieren al Departamento todas las obligaciones, litigios, deudas y pasivos del Consejo de Educación.