Cancelación o suspensión de certificado de maestro—Causas

18 L.P.R.A. § 274, under Unidad Interagencial Especializada.

18 L.P.R.A. § 274

(a) El Secretario de Educación podrá cancelar el certificado de cualquier maestro permanentemente o suspender dicho certificado por tiempo determinado mediante el procedimiento que aquí se dispone, por cualesquiera de las siguientes causas:(a) Prevaricación, soborno o conducta inmoral.(b) Incompetencia en el desempeño de las funciones como maestro.(c) Negligencia en el desempeño de las funciones como maestro.(d) Insubordinación.(e) Convicción por un tribunal de justicia por cualquier delito grave o menos grave que implique depravación moral.(f) Incurrir en conducta prohibida por el art. 3.14 de la Ley de Agosto 28, 1990, Núm. 68.(g) Observancia de una conducta desordenada, incorrecta o lesiva al buen nombre del sistema de educación de Puerto Rico.(h) Posesión del certificado mediante fraude o engaño.(i) Incurrir en violaciones a las secs. 1801 et seq. del Título 3, conocidas como “Ley de Etica Gubernamental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, según determine administrativamente el Director de la Oficina de Etica Gubernamental o un tribunal con jurisdicción.

(a) Prevaricación, soborno o conducta inmoral.

(b) Incompetencia en el desempeño de las funciones como maestro.

(c) Negligencia en el desempeño de las funciones como maestro.

(d) Insubordinación.

(e) Convicción por un tribunal de justicia por cualquier delito grave o menos grave que implique depravación moral.

(f) Incurrir en conducta prohibida por el art. 3.14 de la Ley de Agosto 28, 1990, Núm. 68.

(g) Observancia de una conducta desordenada, incorrecta o lesiva al buen nombre del sistema de educación de Puerto Rico.

(h) Posesión del certificado mediante fraude o engaño.

(i) Incurrir en violaciones a las secs. 1801 et seq. del Título 3, conocidas como “Ley de Etica Gubernamental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, según determine administrativamente el Director de la Oficina de Etica Gubernamental o un tribunal con jurisdicción.