Descripción

18 L.P.R.A. § 315, under Unidad Interagencial Especializada.

18 L.P.R.A. § 315

Los planes de mejoramiento profesional son programas de acción de cinco (5) años diseñados por los miembros de la carrera magisterial con el fin de dirigir sus esfuerzos a los objetivos que ellos mismos se han propuesto.