Formulación del Programa

18 L.P.R.A. § 316b, under Unidad Interagencial Especializada.

18 L.P.R.A. § 316b

(1) El Secretario cuidará que los programas de educación continuada:(1) Respondan a las necesidades de las escuelas y sus componentes.(2) Se programen en días y horas convenientes.(3) Se celebren en lugares accesibles.(4) Se anuncien con tiempo suficiente.

(1) Respondan a las necesidades de las escuelas y sus componentes.

(2) Se programen en días y horas convenientes.

(3) Se celebren en lugares accesibles.

(4) Se anuncien con tiempo suficiente.