Comité de Educación Continuada—Funciones

18 L.P.R.A. § 316d, under Unidad Interagencial Especializada.

18 L.P.R.A. § 316d

(1) El Comité de Educación Continuada de la escuela realizará las siguientes funciones:(1) Identificará las necesidades específicas de la escuela en lo referente a adiestramientos de corta duración.(2) Colaborará en la divulgación y promoción de las actividades de educación continua en su escuela.(3) Organizará conferencias y actividades profesionales para analizar temas tratados en los programas de educación continuada.

(1) Identificará las necesidades específicas de la escuela en lo referente a adiestramientos de corta duración.

(2) Colaborará en la divulgación y promoción de las actividades de educación continua en su escuela.

(3) Organizará conferencias y actividades profesionales para analizar temas tratados en los programas de educación continuada.