Disposiciones transitorias

18 L.P.R.A. § 3839, under Actividades Educativas en General II.

18 L.P.R.A. § 3839

Todas las normas y reglamentos que gobiernan el funcionamiento y la operación de los programas y servicios afectados por este capítulo continuarán en vigor hasta tanto sean enmendados o sustituidos en un término no mayor de ciento veinte (120) días. Los jefes de agencias quedan facultados para tomar las medidas transitorias necesarias para la implantación de este capítulo dentro del término establecido de ciento veinte (120) días.