Acción de daños y perjuicios

18 L.P.R.A. § 3914, under Actividades Educativas en General II.

18 L.P.R.A. § 3914

Cualquier estudiante discriminado a base de su enfermedad de diabetes tipo 1 y tipo 2, podrá ejercitar una acción de daños y perjuicios contra toda persona natural o jurídica, que incurra en el discrimen contemplado en este capítulo.