Informes

18 L.P.R.A. § 3978, under Ley de Aprendizaje en el Trabajo para Estudiantes de Escuela Superior del Departamento de Educación de Puerto Rico.

18 L.P.R.A. § 3978

El Secretario de Educación remitirá informes anuales al Gobernador y a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico sobre las gestiones realizadas al amparo de lo dispuesto en este capítulo y los logros alcanzados por los estudiantes con este Programa. A partir de la aprobación de esta ley, el Secretario de Educación rendirá un informe por año académico el 30 de junio de cada año.