Descuentos por préstamos e intereses

18 L.P.R.A. § 398c, under Ley del Sistema de Retiro para Maestros del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

18 L.P.R.A. § 398c

Los descuentos hechos en el salario del participante para el pago de préstamos concedidos y los intereses descontados por adelantado, serán ingresados por el Secretario de Hacienda en el Fondo simultáneamente con el pago de la nómina.