Reglamentación

18 L.P.R.A. § 4012, under Programa Escuela Libre de Drogas y Armas.

18 L.P.R.A. § 4012

El Secretario del Departamento de Educación deberá adoptar o enmendar los reglamentos, procedimientos, requisitos y condiciones que apliquen a los fines de dar cumplimiento a las disposiciones de este capítulo.