Presupuesto

18 L.P.R.A. § 4013, under Programa Escuela Libre de Drogas y Armas.

18 L.P.R.A. § 4013

El Departamento de Educación separará fondos de su presupuesto y proveerá el espacio físico, los materiales y los recursos necesarios para viabilizar lo aquí dispuesto. Además, se autoriza al Director del Programa a recibir aportaciones federales, estatales, municipales y privadas, las cuales se mantendrán en una cuenta separada en el Departamento de Educación.