Objetivos

18 L.P.R.A. § 4042, under Carta de Derechos de la Comunidad Escolar Sorda.

18 L.P.R.A. § 4042

(a) Los objetivos de este capítulo serán:(a) Garantizar a la población sorda, el acceso oportuno a la educación, en la modalidad que hayan escogido libremente.(b) Garantizar que las personas sordas participen en los servicios educativos que favorezcan mejor su condición y desarrollo con el apoyo profesional y ayuda técnica requerida.(c) Promover la formulación de programas que atiendan las necesidades educativas de las personas con impedimentos auditivos.(d) Garantizar que las personas sordas alcancen su máximo desarrollo y plena participación social.

(a) Garantizar a la población sorda, el acceso oportuno a la educación, en la modalidad que hayan escogido libremente.

(b) Garantizar que las personas sordas participen en los servicios educativos que favorezcan mejor su condición y desarrollo con el apoyo profesional y ayuda técnica requerida.

(c) Promover la formulación de programas que atiendan las necesidades educativas de las personas con impedimentos auditivos.

(d) Garantizar que las personas sordas alcancen su máximo desarrollo y plena participación social.