Incumplimiento de los acuerdos

18 L.P.R.A. § 4155, under Ley de Acuerdos Académicos para Atletas Universitarios.

18 L.P.R.A. § 4155

En caso de que cualquier estudiante atleta que se haya acogido a los beneficios provistos por este capítulo, incumpla con algún acuerdo debidamente alcanzado con la institución educativa, conllevará la nulidad de dicho acuerdo y el retorno de las condiciones académicas presentes al momento de alcanzar el referido acuerdo.