(a) El Plan Escolar de Acción para Crisis Epiléptica será individual y contendrá las siguientes especificaciones:(a) Nombre del estudiante, año escolar, grado que cursa, nombre del maestro de salón hogar y del Director Escolar.(b) Nombre del Personal Escolar Adiestrado: se requieren dos (2) personas o más designadas e interesadas en colaborar, por estudiante, además de la enfermera escolar.(c) El nivel de autocuidado del estudiante, el cual será establecido por el proveedor de salud del estudiante en el Plan de Manejo Médico de Epilepsia, y el lugar donde se guardarán los medicamentos y equipo médico del estudiante, de necesitarlo.(d) Se establecerá todo acomodo razonable necesario para el buen desempeño del estudiante dentro del salón de clases. Esto incluirá, pero no se limitará a lo siguiente:(1) El maestro repondrá cualquier instrumento de evaluación, medición o avalúo realizado en clase, sin sanción alguna, en caso de que el estudiante se haya ausentado debido a su condición.(2) Del estudiante tener ausencias o tardanzas relacionadas a su diagnóstico, no será penalizada(o).(3) Al estudiante se le permitirá mantener consigo un teléfono celular para utilizarlo en caso de suscitarse alguna emergencia, episodio o crisis vinculada a su diagnóstico.(4) Habrá comunicación con las madres, padres, encargados o tutores del estudiante para informarles de todo cambio en las actividades escolares que pudieran requerir atenciones especiales.(5) Se establecerá que al estudiante se le permitirá participar en toda actividad extracurricular o excursión promovida por la institución educativa, y se realizarán todos los acomodos razonables y modificaciones necesarias. El Personal Escolar Adiestrado estará disponible para asistir al estudiante de ser necesario durante dicha excursión o actividad.(e) El Plan Escolar de Acción para Crisis Epiléptica y el Plan de Manejo Médico de Epilepsia se mantendrán en vigor en caso de suscitarse una situación de emergencia en el plantel escolar.(f) Se establecerá cuándo la institución educativa tendrá el deber de comunicarse con la madre, padre, encargados o tutores; cómo comunicarse y los contactos de emergencia.(g) El Plan Escolar de Acción para Crisis Epiléptica será aprobado y firmado por el Director Escolar; la madre, padre, encargado o tutor; y el Personal Escolar Adiestrado. Una vez firmado, el Director Escolar entregará copia de este a la madre, padre, encargado o tutor del estudiante, y al Personal Escolar Adiestrado. El documento original se mantendrá en el expediente de cada estudiante.(h) Este Plan Escolar de Acción para Crisis Epiléptica deberá ser revisado por lo menos una vez al año, pero ello no limita que, del estudiante desarrollar nuevas necesidades en el manejo de la condición o cambios en su tratamiento, se pueda enmendar, siempre que sea necesario, luego de solicitado por la madre, padre, encargado o tutor.
(a) Nombre del estudiante, año escolar, grado que cursa, nombre del maestro de salón hogar y del Director Escolar.
(b) Nombre del Personal Escolar Adiestrado: se requieren dos (2) personas o más designadas e interesadas en colaborar, por estudiante, además de la enfermera escolar.
(c) El nivel de autocuidado del estudiante, el cual será establecido por el proveedor de salud del estudiante en el Plan de Manejo Médico de Epilepsia, y el lugar donde se guardarán los medicamentos y equipo médico del estudiante, de necesitarlo.
(d) Se establecerá todo acomodo razonable necesario para el buen desempeño del estudiante dentro del salón de clases. Esto incluirá, pero no se limitará a lo siguiente:(1) El maestro repondrá cualquier instrumento de evaluación, medición o avalúo realizado en clase, sin sanción alguna, en caso de que el estudiante se haya ausentado debido a su condición.(2) Del estudiante tener ausencias o tardanzas relacionadas a su diagnóstico, no será penalizada(o).(3) Al estudiante se le permitirá mantener consigo un teléfono celular para utilizarlo en caso de suscitarse alguna emergencia, episodio o crisis vinculada a su diagnóstico.(4) Habrá comunicación con las madres, padres, encargados o tutores del estudiante para informarles de todo cambio en las actividades escolares que pudieran requerir atenciones especiales.(5) Se establecerá que al estudiante se le permitirá participar en toda actividad extracurricular o excursión promovida por la institución educativa, y se realizarán todos los acomodos razonables y modificaciones necesarias. El Personal Escolar Adiestrado estará disponible para asistir al estudiante de ser necesario durante dicha excursión o actividad.
(1) El maestro repondrá cualquier instrumento de evaluación, medición o avalúo realizado en clase, sin sanción alguna, en caso de que el estudiante se haya ausentado debido a su condición.
(2) Del estudiante tener ausencias o tardanzas relacionadas a su diagnóstico, no será penalizada(o).
(3) Al estudiante se le permitirá mantener consigo un teléfono celular para utilizarlo en caso de suscitarse alguna emergencia, episodio o crisis vinculada a su diagnóstico.
(4) Habrá comunicación con las madres, padres, encargados o tutores del estudiante para informarles de todo cambio en las actividades escolares que pudieran requerir atenciones especiales.
(5) Se establecerá que al estudiante se le permitirá participar en toda actividad extracurricular o excursión promovida por la institución educativa, y se realizarán todos los acomodos razonables y modificaciones necesarias. El Personal Escolar Adiestrado estará disponible para asistir al estudiante de ser necesario durante dicha excursión o actividad.
(e) El Plan Escolar de Acción para Crisis Epiléptica y el Plan de Manejo Médico de Epilepsia se mantendrán en vigor en caso de suscitarse una situación de emergencia en el plantel escolar.
(f) Se establecerá cuándo la institución educativa tendrá el deber de comunicarse con la madre, padre, encargados o tutores; cómo comunicarse y los contactos de emergencia.
(g) El Plan Escolar de Acción para Crisis Epiléptica será aprobado y firmado por el Director Escolar; la madre, padre, encargado o tutor; y el Personal Escolar Adiestrado. Una vez firmado, el Director Escolar entregará copia de este a la madre, padre, encargado o tutor del estudiante, y al Personal Escolar Adiestrado. El documento original se mantendrá en el expediente de cada estudiante.
(h) Este Plan Escolar de Acción para Crisis Epiléptica deberá ser revisado por lo menos una vez al año, pero ello no limita que, del estudiante desarrollar nuevas necesidades en el manejo de la condición o cambios en su tratamiento, se pueda enmendar, siempre que sea necesario, luego de solicitado por la madre, padre, encargado o tutor.