Los Secretarios del Trabajo y Recursos Humanos y de Educación deberán coordinar sus actividades con otros organismos del Gobierno que de algún modo estén interesados en este Programa.
18 L.P.R.A. § 436, under Enseñanza de Adultos; Escuelas Nocturnas.
18 L.P.R.A. § 436
Los Secretarios del Trabajo y Recursos Humanos y de Educación deberán coordinar sus actividades con otros organismos del Gobierno que de algún modo estén interesados en este Programa.