Cumplimiento de disposiciones, plan

18 L.P.R.A. § 553, under Educación en Salud.

18 L.P.R.A. § 553

El Departamento de Educación de Puerto Rico establecerá un plan para el cumplimiento de las disposiciones de este capítulo e implantará dicho plan en la forma y manera que dicha educación en salud llegue lo más pronto posible a todos los niveles de educación pública, pero comenzando siempre por la escuela elemental.