Ligas de Bondad obligatorias en las escuelas públicas; reglamentación—Informe anual

18 L.P.R.A. § 572, under Enseñanza de la Moral.

18 L.P.R.A. § 572

El Secretario de Educación exigirá un informe anual a los inspectores de escuelas sobre el funcionamiento y resultados prácticos obtenidos en sus respectivos distritos con relación a las Ligas de Bondad.