Sección de Cerámica y Artes Afines—Nombramiento y sueldo de los maestros

18 L.P.R.A. § 663, under Asignaciones.

18 L.P.R.A. § 663

Los profesores, los cargos de los cuales se crean por las secs. 661 a 663 de este título, serán nombrados por la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico, y cada uno de ellos devengará el sueldo anual que se les siga asignando anualmente en dicho presupuesto.