Adquisición de bienes muebles e inmuebles—Derecho de entrada a terrenos o edificios

18 L.P.R.A. § 674, under Asignaciones.

18 L.P.R.A. § 674

La Junta de Síndicos o los agentes por él autorizados tendrán derecho a entrar, previa notificación al propietario o su representante, en cualquier terreno o edificio con el fin de examinar y estudiar sus condiciones, a los fines antes indicados en las secs. 670 a 675 de este título.