Premio para los médicos por trabajo científico de carácter original—Solicitudes; adjudicación

18 L.P.R.A. § 714, under Asignaciones.

18 L.P.R.A. § 714

Todo aspirante al premio creado por virtud de la sec. 713 de este título deberá hacer solicitud al mismo y someter su trabajo mecanografiado o impreso por sextuplicado al Comité Científico de la Asociación Médica de Puerto Rico, a más tardar el día primero de noviembre de cada año. El Comité Científico de la Asociación Médica de Puerto Rico dictaminará sobre los trabajos sometidos a más tardar el día primero de diciembre de cada año, emitiendo el correspondiente laudo escrito debidamente fundamentado, adjudicando el premio creado por las secs. 713 a 717 de este título al mejor trabajo sometido.