Fondo de Fincas de Semillas—Uso de las cantidades en el Fondo

18 L.P.R.A. § 771, under Asignaciones.

18 L.P.R.A. § 771

Las cantidades que ingresen al Fondo creado por las secs. 770 y 771 de este título se usarán exclusivamente para los gastos de funcionamiento y de mejoras de las fincas de semillas de la Estación Experimental Agrícola.