Admisión a la Universidad de Puerto Rico

18 L.P.R.A. § 857f, under Centro de Estudios y Documentación sobre la Educación Superior Puertorriqueña.

18 L.P.R.A. § 857f

El hecho de que una persona haya participado del Programa no asegura que vaya a ser admitido al sistema de la Universidad de Puerto Rico. En todo caso, la persona beneficiaria debe cumplir con los requisitos y el proceso de admisión que establece la unidad específica dentro del sistema de la Universidad de Puerto Rico.