(a) El propósito principal del Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal será otorgar becas a estudiantes con progreso académico satisfactorio, que demuestren necesidad económica para cursar sus estudios subgraduados o graduados en la Universidad de Puerto Rico, según la reglamentación, normas, cartas circulares mecanismos de similar naturaleza adoptados por la Junta de Gobierno de la Universidad de Puerto Rico. La Junta de Gobierno de la Universidad de Puerto Rico deberá circunscribir la reglamentación, normas, cartas circulares o mecanismos aplicables a las normas establecidas en este capítulo y en la escritura pública que crea el Fideicomiso. A tono con estas prioridades programáticas, se dispone lo siguiente:(a) El Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal se financiará con aquellos réditos, ganados a través del Fideicomiso para el Fondo Dotal de la Universidad de Puerto Rico, producto del depósito de los fondos adicionales que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico haya asignado, que asigne en los Años Fiscales 2021-2022 y 2022-2023 o que de tiempo en tiempo se depositen para estos fines; esto con excepción del primer año de funcionamiento del Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matriculas del Plan Fiscal, el cual se financiará con los fondos provenientes de la Cuenta Dotal para el Primer Año del Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal. En caso de no resultar suficientes los réditos del Fideicomiso para el Fondo Dotal de la Universidad de Puerto Rico para realizar el desembolso de becas durante el segundo año y años subsiguientes, la Universidad de Puerto Rico podrá suplementar el desembolso de las becas del Programa con cualesquiera fondos disponibles en la Cuenta Dotal de Equiparación creada al amparo de este capítulo.(b) Prioridad de desembolso.— (1) El Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal utilizará un criterio general bivariado para la otorgación de becas a estudiantiles elegibles. Disponiéndose, que al momento de determinar la prioridad para la otorgación de becas provenientes del Fondo:(A) Se utilizará la necesidad económica del estudiante elegible como criterio primario de selección.(B) Una vez identificado el universo de estudiantes con necesidad económica, se otorgarán las becas según el aprovechamiento académico de los estudiantes participantes.(c) Distribución de las becas.— (1) Aquellos fondos disponibles para la otorgación de becas del Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal deberán ser distribuidos entre estudiantes graduados y subgraduados, a razón de setenta y cinco por ciento (75%) a favor de estudiantes subgraduados y a razón de veinticinco por ciento (25%) a favor de estudiantes graduados que cursen programas que hayan experimentado aumentos en los costos de matrícula, laboratorios, cuotas u otros gastos relacionados.(d) Ningún estudiante elegible podrá ser descalificado de recibir cualquier beca bajo el Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal por razón de recibir Beca Pell, Certificación 4, préstamos estudiantiles o cualquier otro tipo de asistencia económica; siempre y cuando estas ayudas no subsanen por completo la necesidad económica del estudiante elegible.Los requisitos de elegibilidad para los estudiantes graduados y subgraduados serán los siguientes:(1) Demostrar necesidad económica;(2) Estar matriculado en algún programa sub-graduado o graduado, sin exclusión de programas, recintos y escuelas profesionales de la Universidad de Puerto Rico;(3) Haber completado la FAFSA al momento de solicitud de la beca;(A) Toda aquella solicitud seleccionada para verificación por el Departamento de Educación Federal debe estar completada al momento de la concesión de la beca.(4) Demostrar un progreso académico satisfactorio en el curso de estudios subgraduados y graduados, sin exclusión de programas, recintos y escuelas profesionales de la UPR; y(5) Ser ciudadano de los Estados Unidos, domiciliado en Puerto Rico, o haber obtenido del Gobierno Federal el estatus de Residente Permanente y estar debidamente domiciliado en Puerto Rico.
(a) El Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal se financiará con aquellos réditos, ganados a través del Fideicomiso para el Fondo Dotal de la Universidad de Puerto Rico, producto del depósito de los fondos adicionales que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico haya asignado, que asigne en los Años Fiscales 2021-2022 y 2022-2023 o que de tiempo en tiempo se depositen para estos fines; esto con excepción del primer año de funcionamiento del Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matriculas del Plan Fiscal, el cual se financiará con los fondos provenientes de la Cuenta Dotal para el Primer Año del Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal. En caso de no resultar suficientes los réditos del Fideicomiso para el Fondo Dotal de la Universidad de Puerto Rico para realizar el desembolso de becas durante el segundo año y años subsiguientes, la Universidad de Puerto Rico podrá suplementar el desembolso de las becas del Programa con cualesquiera fondos disponibles en la Cuenta Dotal de Equiparación creada al amparo de este capítulo.
(b) Prioridad de desembolso.— (1) El Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal utilizará un criterio general bivariado para la otorgación de becas a estudiantiles elegibles. Disponiéndose, que al momento de determinar la prioridad para la otorgación de becas provenientes del Fondo:(A) Se utilizará la necesidad económica del estudiante elegible como criterio primario de selección.(B) Una vez identificado el universo de estudiantes con necesidad económica, se otorgarán las becas según el aprovechamiento académico de los estudiantes participantes.
(1) El Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal utilizará un criterio general bivariado para la otorgación de becas a estudiantiles elegibles. Disponiéndose, que al momento de determinar la prioridad para la otorgación de becas provenientes del Fondo:(A) Se utilizará la necesidad económica del estudiante elegible como criterio primario de selección.(B) Una vez identificado el universo de estudiantes con necesidad económica, se otorgarán las becas según el aprovechamiento académico de los estudiantes participantes.
(A) Se utilizará la necesidad económica del estudiante elegible como criterio primario de selección.
(B) Una vez identificado el universo de estudiantes con necesidad económica, se otorgarán las becas según el aprovechamiento académico de los estudiantes participantes.
(c) Distribución de las becas.— (1) Aquellos fondos disponibles para la otorgación de becas del Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal deberán ser distribuidos entre estudiantes graduados y subgraduados, a razón de setenta y cinco por ciento (75%) a favor de estudiantes subgraduados y a razón de veinticinco por ciento (25%) a favor de estudiantes graduados que cursen programas que hayan experimentado aumentos en los costos de matrícula, laboratorios, cuotas u otros gastos relacionados.
(1) Aquellos fondos disponibles para la otorgación de becas del Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal deberán ser distribuidos entre estudiantes graduados y subgraduados, a razón de setenta y cinco por ciento (75%) a favor de estudiantes subgraduados y a razón de veinticinco por ciento (25%) a favor de estudiantes graduados que cursen programas que hayan experimentado aumentos en los costos de matrícula, laboratorios, cuotas u otros gastos relacionados.
(d) Ningún estudiante elegible podrá ser descalificado de recibir cualquier beca bajo el Programa de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal por razón de recibir Beca Pell, Certificación 4, préstamos estudiantiles o cualquier otro tipo de asistencia económica; siempre y cuando estas ayudas no subsanen por completo la necesidad económica del estudiante elegible.
(1) Los requisitos de elegibilidad para los estudiantes graduados y subgraduados serán los siguientes:(1) Demostrar necesidad económica;(2) Estar matriculado en algún programa sub-graduado o graduado, sin exclusión de programas, recintos y escuelas profesionales de la Universidad de Puerto Rico;(3) Haber completado la FAFSA al momento de solicitud de la beca;(A) Toda aquella solicitud seleccionada para verificación por el Departamento de Educación Federal debe estar completada al momento de la concesión de la beca.(4) Demostrar un progreso académico satisfactorio en el curso de estudios subgraduados y graduados, sin exclusión de programas, recintos y escuelas profesionales de la UPR; y(5) Ser ciudadano de los Estados Unidos, domiciliado en Puerto Rico, o haber obtenido del Gobierno Federal el estatus de Residente Permanente y estar debidamente domiciliado en Puerto Rico.
(1) Demostrar necesidad económica;
(2) Estar matriculado en algún programa sub-graduado o graduado, sin exclusión de programas, recintos y escuelas profesionales de la Universidad de Puerto Rico;
(3) Haber completado la FAFSA al momento de solicitud de la beca;(A) Toda aquella solicitud seleccionada para verificación por el Departamento de Educación Federal debe estar completada al momento de la concesión de la beca.
(A) Toda aquella solicitud seleccionada para verificación por el Departamento de Educación Federal debe estar completada al momento de la concesión de la beca.
(4) Demostrar un progreso académico satisfactorio en el curso de estudios subgraduados y graduados, sin exclusión de programas, recintos y escuelas profesionales de la UPR; y
(5) Ser ciudadano de los Estados Unidos, domiciliado en Puerto Rico, o haber obtenido del Gobierno Federal el estatus de Residente Permanente y estar debidamente domiciliado en Puerto Rico.