Notificación de admisión

18 L.P.R.A. § 860f, under Ley de Admisión Automática a la Universidad de Puerto Rico.

18 L.P.R.A. § 860f

(a) La Universidad de Puerto Rico notificará al estudiante de su admisión no más tarde del primer lunes de octubre del año previo para el cual está siendo admitido el estudiante. La notificación de admisión deberá incluir la siguiente información:(a) Programas Académicos y Recintos a los que ha sido admitido el estudiante;(b) Término mínimo de treinta (30) días para que el estudiante acepte o rechace la notificación de admisión;(c) Información sobre las ayudas económicas que ofrece la Universidad de Puerto Rico;(d) Cualquier otra información que promueva que el estudiante se matricule en la Universidad de Puerto Rico.

(a) Programas Académicos y Recintos a los que ha sido admitido el estudiante;

(b) Término mínimo de treinta (30) días para que el estudiante acepte o rechace la notificación de admisión;

(c) Información sobre las ayudas económicas que ofrece la Universidad de Puerto Rico;

(d) Cualquier otra información que promueva que el estudiante se matricule en la Universidad de Puerto Rico.