Junta—Constitución

18 L.P.R.A. § 913c, under Fundación Educativa para la Libre Selección de Escuelas.

18 L.P.R.A. § 913c

La Junta, una vez constituida, celebrará su reunión inicial para elegir por mayoría de votos a su Presidente y a su Vicepresidente. Cuatro (4) miembros de la Junta de Síndicos constituirán quórum para resolver cualquier asunto ante su consideración, y toda resolución adoptada deberá ser aprobada por la mayoría de los presentes.