El monto de la ayuda económica no excederá en ningún caso de la suma de mil quinientos (1,500) dólares anuales por estudiante o la cantidad equivalente en dólares constantes de 1995.
18 L.P.R.A. § 913i, under Fundación Educativa para la Libre Selección de Escuelas.
18 L.P.R.A. § 913i
El monto de la ayuda económica no excederá en ningún caso de la suma de mil quinientos (1,500) dólares anuales por estudiante o la cantidad equivalente en dólares constantes de 1995.