Obligación de someter información

18 L.P.R.A. § 921o, under Ley de Viajes Estudiantiles.

18 L.P.R.A. § 921o

Será deber de toda agencia del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico someter al Director los informes, datos, documentos y servicios que le sean requeridos, excepto información cuya divulgación esté prohibida expresamente por ley, o por reglamento con fuerza de ley.