Premios de periodismo—Expedición del premio

18 L.P.R.A. § 968, under Cultivo de la Literatura.

18 L.P.R.A. § 968

Se autoriza y ordena al Secretario de Hacienda para que, mediante la tramitación ordinaria, expida anualmente, contra cualesquiera fondos existentes en Tesorería del Gobierno de Puerto Rico, el importe del premio provisto por las secs. 966 a 968 de este título.