Los fondos necesarios para llevar a cabo las disposiciones de este capítulo, de ser necesario, serán consignados en el presupuesto de la Policía de Puerto Rico.
2 L.P.R.A. § 1012, under Ley de la Policía Capitolina de Puerto Rico o Puerto Rico Capitol Police Act.
2 L.P.R.A. § 1012
Los fondos necesarios para llevar a cabo las disposiciones de este capítulo, de ser necesario, serán consignados en el presupuesto de la Policía de Puerto Rico.