Códigos para cuarteles de la Policía

2 L.P.R.A. § 194, under Comisión para Revisión y Reforma del Código Civil, 1930.

2 L.P.R.A. § 194

Por la presente se ordena al Secretario de Estado que provea a los cuarteles de la Policía de Puerto Rico con copia de los Códigos Penal y de Enjuiciamiento Criminal.