Copias en hojas sueltas de leyes y boletines de carácter general

2 L.P.R.A. § 196, under Comisión para Revisión y Reforma del Código Civil, 1930.

2 L.P.R.A. § 196

El Secretario de Estado queda autorizado para imprimir en hojas sueltas las leyes y boletines administrativos de carácter general, y para reimprimirlos cuando se hayan agotado las primeras ediciones, siempre que, a su juicio, tal reimpresión sea necesaria.