Presupuesto

2 L.P.R.A. § 438, under Biblioteca Legislativa.

2 L.P.R.A. § 438

El Director de la Oficina de Servicios Legislativos incluirá en el presupuesto anual de la misma las cantidades necesarias para los gastos de funcionamiento y compra de mobiliario, equipo y materiales de la Biblioteca Legislativa.